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Ley 21.659 de Seguridad Privada: qué cambia al contratar guardias

Respuesta corta: La Ley 21.659 rige desde el 28 de noviembre de 2025 y ordena todo el sistema de seguridad privada en Chile bajo la Subsecretaría de Prevención del Delito, con Carabineros como fiscalizador. Para quien contrata, lo clave es trabajar con empresas y guardias autorizados y exigir su documentación al día.

Qué es la Ley 21.659

La Ley 21.659 sobre Seguridad Privada reemplazó el antiguo marco disperso (el DL 3.607 y sus reglamentos) por una sola ley que regula a las empresas de seguridad, a su personal —vigilantes privados, guardias de seguridad, porteros, nocheros y rondines— y a las entidades que la ley obliga a tener medidas de seguridad, como bancos o transporte de valores.

La ley define la seguridad privada como un conjunto de actividades preventivas, coadyuvantes y complementarias de la seguridad pública, ejecutadas por personas naturales o jurídicas debidamente autorizadas.

Fechas clave

FechaHito
21 de marzo de 2024Publicación de la Ley 21.659 en el Diario Oficial.
27 de mayo de 2025Publicación del reglamento (Decreto 209). Desde aquí corren seis meses para la entrada en vigencia.
28 de noviembre de 2025La Ley 21.659 entra en vigencia.
28 de mayo de 2026Se publica la Ley 21.825, que amplía de 6 a 18 meses el plazo para los estudios de seguridad y prorroga por el mismo período la vigencia de la última autorización del personal.
28 de mayo de 2027Nuevo plazo límite para presentar los estudios de seguridad de las entidades obligadas.

Quién regula y quién fiscaliza

El Ministerio encargado de la Seguridad Pública, a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito, autoriza, regula, supervigila y controla la seguridad privada. Carabineros de Chile —históricamente a través del departamento OS-10— mantiene el rol de autoridad fiscalizadora.

En la práctica, muchas personas siguen hablando de "guardias OS-10" o "curso OS-10". Es una forma coloquial de referirse a guardias acreditados; hoy el marco correcto es la Ley 21.659.

Qué cambia para quien contrata

  • Autorización obligatoria: las empresas de seguridad y su personal deben estar autorizados bajo el nuevo régimen (con la transición vigente para las autorizaciones anteriores).
  • Formación y credencial: el personal que cumple funciones de seguridad debe tener la capacitación y la credencial que exige la ley. La ley también contempla a porteros, nocheros y rondines que realizan labores de seguridad.
  • Más fiscalización: el sistema queda bajo una sola autoridad reguladora, con sanciones para quienes operen fuera de la norma.

Qué significa para condominios y edificios

El comité y la administración deben asegurarse de que el personal que realiza funciones de seguridad cumpla la normativa. Contratar a una empresa autorizada traslada a ella la responsabilidad de acreditar, capacitar, cubrir turnos y reemplazar al personal. Además, conviene exigir mensualmente el certificado F30-1 de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales de la Dirección del Trabajo.

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Qué significa para empresas y productoras de eventos

Para una empresa, el riesgo es doble: el regulatorio (personal no autorizado) y el laboral. Según la Ley 20.123 de Subcontratación, la empresa mandante puede responder por las obligaciones laborales y previsionales del contratista. En eventos masivos, la autoridad puede además exigir un plan de seguridad con dotación y procedimientos definidos.

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Checklist: qué pedir antes de contratar una empresa de seguridad

  1. Resolución de autorización vigente de la empresa.
  2. Credenciales vigentes de los guardias que trabajarán en tu recinto.
  3. Contratos de trabajo y certificado F30-1 de la Dirección del Trabajo.
  4. Pólizas de seguro: vida, accidentes y responsabilidad civil.
  5. Propuesta escrita con dotación, sistema de turnos, protocolos y reemplazos.
  6. Un supervisor asignado y un canal de contacto directo.

Fuentes oficiales

Este contenido es informativo y no constituye asesoría legal. Ante dudas sobre tu caso, consulta la normativa vigente o a un abogado.

FAQ

Preguntas frecuentes

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¿Desde cuándo rige la Ley 21.659 de Seguridad Privada?

Desde el 28 de noviembre de 2025. La ley se publicó el 21 de marzo de 2024 y entró en vigencia seis meses después de publicado su reglamento (Decreto 209, de mayo de 2025).

¿Quién fiscaliza a las empresas de seguridad privada?

La regulación y las autorizaciones están a cargo del Ministerio de Seguridad Pública a través de la Subsecretaría de Prevención del Delito. Carabineros de Chile mantiene el rol de autoridad fiscalizadora.

¿La credencial OS-10 sigue sirviendo?

Sí, de forma transitoria. Las autorizaciones del personal otorgadas con la normativa anterior mantienen su vigencia durante el período de transición, que la Ley 21.825 (mayo de 2026) amplió por dieciocho meses.

¿Un condominio puede contratar guardias directamente?

Puede, pero asume todas las obligaciones de empleador y de cumplimiento de la normativa de seguridad privada. Por eso la mayoría de las comunidades contrata a una empresa de seguridad autorizada, que responde por la credencial, la capacitación, los turnos y los reemplazos del personal.

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